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Actividad Docente (10001)

Titulación Curso académico

Presentación Horario Asignaturas Exámenes Agenda
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2. VALORACIÓN DE LA ACTIVIDAD DOCENTE DEL PDI
La actividad docente de cada área de conocimiento se medirá en créditos sumando la actividad docente de cada miembro del área. Para ello se atenderá a las siguientes variables:

ADP: Actividad docente principal. Es la suma de los créditos troncales y obligatorios (T) más el número de créditos optativos (O) impartidos por los miembros del área (o los créditos de “formación básica” en los planes adaptados).
Se incluye aquí la docencia impartida en los nuevos títulos de Máster/Doctor (a los que se supone una presencialidad del 40%; esto es: se computará cada crédito ECTS de dichos estudios como un crédito LOU convencional). En todo caso, las áreas de conocimiento y los departamentos a los que se encuentran adscritas se asegurarán de que la docencia de primer ciclo y segundo ciclo –planes no adaptados– o de grado –planes adaptados– queda cubierta e impartida por el PDI asignado al área en cuestión antes de que a dicho PDI se le pueda computar la docencia en estos másteres oficiales (Medidas de la USAL para las enseñanzas oficiales de máster y doctorado, aprobadas por Consejo de Gobierno el 30 de mayo de 2008).
En el cómputo de O no se considerarán los créditos correspondientes a las asignaturas optativas que tengan menos de 10 alumnos. Cuando el número 10 sea mayor que el 3% de los alumnos matriculados en la titulación, tomará éste porcentaje como límite.
Estas limitaciones en el cómputo de O se hacen únicamente con el fin de calcular el índice de eficiencia del área; sin embargo, no afectan al cómputo de créditos en la dedicación docente del PDI.

LE: Suma de los créditos de libre elección impartidos por los miembros del área. En el cómputo de L se establecerá el siguiente límite: L< 20% de ADP. En cualquier caso, no se computarán los créditos de las asignaturas de libre elección con menos de 10 alumnos.

DT: Créditos por dirección de tesis. Se asignarán 3 créditos por año durante los 2 años posteriores a su defensa y aprobación. En caso de codirección los créditos se repartirán a partes iguales entre los codirectores.

TG: Créditos por dirección de trabajos de grado de Salamanca aprobados. Se asignará 1 crédito por cada trabajo de grado dirigido el año posterior a su aprobación. En caso de codirección los créditos se repartirán a partes iguales entre los codirectores.

Proyectos o trabajos fin de carrera (TFC): Se asignarán 0.50 créditos por cada trabajo dirigido el curso siguiente de su aprobación.

Trabajos de investigación del 2º año de doctorado (TI): Se asignarán 0.50 créditos por cada trabajo de 6 créditos.

Trabajos de fin de máster oficial (TFM): Se computarán, con un límite de 5 créditos y aplicación al curso siguiente a su lectura, a razón de 0,4 créditos por cada 6 ECTS. En caso de cotutela se divide en partes iguales entre los tutores (Medidas de la USAL para las enseñanzas oficiales de máster y doctorado, aprobadas por Consejo de Gobierno el 30 de mayo de 2008).

Proyectos de innovación docente. Convergencia Europea. Los profesores que impartan asignaturas (troncales, obligatorias u optativas; o créditos de formación básica) implicadas en proyectos de innovación evaluados positivamente en convocatoria competitiva por el órgano competente, verán incrementadas en un 20% la parte de su carga docente que corresponda a dichas asignaturas.

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Plazo del registro en Diaweb: 09/09/2024 - 07/09/2025
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